Esta mañana
mientras estaba desayunando, he escuchado en el Telediario que Jaume Matas había
solicitado declararse en concurso de acreedores. Pero cuál ha sido mi sorpresa que al entrar en Internet para
ampliar la noticia me he encontrado con esto:
“De esta forma, según han señalado fuentes
jurídicas a Europa Press, mediante el concurso instado Matas pretende que sea
paralizado el proceso de ejecución hipotecaria que pesa sobre el exdirigente
del PP balear y racionalizarse así el pago de las deudas que tiene pendientes,
al tiempo que un administrador concursal analizace cómo el expresidente puede
hacer frente a las mismas sin que el tiempo apremie sobre él” (Diario de Mallorca).
Esta noticia debe ser aclarada, ya que puede inducir a
error a la mayoría de la población y pensar que el concurso de acreedores es
una manera de evitar la ejecución de sus viviendas:
1. Lo más probable es que Jaume Matas haya solicitado
el concurso de acreedores pero todavía no haya sido declarado (en Madrid, por ejemplo, el Juzgado puede
tardar entre 3 y 4 meses y si se trata de un Juzgado con mucho trabajo puede
llegar a los 6 meses), por lo que las disposiciones establecidas en la Ley
Concursal todavía no surten efecto sobre él.
2. La declaración en concurso no paraliza la ejecución
hipotecaria, a no ser que se trate de bienes afectos a una actividad
(un bien afecto es el local donde se ejerce una actividad profesional o es
necesario para dicho ejercicio). Entiendo que las 3 viviendas sobre las que
pesa la ejecución no sean necesarias para alguna actividad profesional. (art.
56 LC)
3. Para el caso de que se tratara de otro tipo de
ejecución (pongamos una de títulos judiciales – es decir, la ejecución de una
sentencia de una reclamación de cantidad), la misma se suspendería pero solo
para la persona declarada en concurso, nunca para su cónyuge o familiares (la
ejecución hipotecaria en cuestión no es únicamente contra Jaume Matas sino
también contra su esposa y su madre).
Cabe resaltar que
el concurso de acreedores para persona física puede ser beneficioso en casos
concretos (que deberán ser estudiados y analizados por un abogado especializado),
pero que nunca sirve para
paralizar las ejecuciones hipotecarias. Con todo esto, es muy probable que la estrategia de
Jaume Matas sea intentar llegar a un convenio con sus acreedores para hacer una
quita a la deuda que quedaría pendiente después de la ejecución (intereses,
gastos, costas, otros créditos, etc).
La
última noticia relacionada con este tema es que Jaume Matas ha llegado a un
acuerdo con el Banco de Valencia y ha desistido de su solicitud de declaración
en concurso de acreedores (El País).
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